Los vehículos exentos de pago del Impuesto de Circulación son:
- Los vehículos de más de 25 años de antigüedad desde la fecha de la primera matriculación. Deberán solicitarlo acompañándolo de documento que lo acredite y se iniciarán los trámites oportunos.
- Los vehículos cuyo titular tenga una minusvalía de al menos 33%. Deberán solicitarlo aportándola documentación que lo acredite.
- Los vehículos agrícolas (tractores, remolques…) deberán solicitarlo en el Ayuntamiento aportándola ficha técnica del vehículo y la tarjeta de maquinaria agrícola.